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MANUAL DE DIVORCIO

 El propósito de la información en este manual no es sustituir el consejo de un abogado. Usted debe de hablar con un abogado sobre sus problemas (o su caso específico).

  PARTE I INFORMACIÓN BÁSICA

 Antes de poder obtener  un divorcio en Nebraska, usted necesita demostrarle al Juez dos cosas:

 1.  La primera es que usted o su esposo (a) han vivido en el estado por un año completo antes de solicitar un divorcio. Por ejemplo, si anteriormente usted vivió en Nebraska por tres años, se mudó a otro estado y acaba de regresar a Nebraska, no puede solicitar el divorcio hasta que usted haya vivido aquí por un año. Si su esposo (a) ha vivido aquí mientras que usted estaba en otro lugar, entonces usted si puede solicitar el divorcio.

2.  El segundo es que el matrimonio se acabó, o  que “está roto si remedio”. Usted ha tratado, pero no hay ningún chance de que usted pueda salvar el matrimonio.

Nebraska tiene la ley del divorcio “sin-culpa”. Esto quiere decir que aunque usted  quiera  decirle al juez lo malo que usted piensa que su esposo (a) es, generalmente no tendrá la oportunidad de hacerlo. El juez no decidirá quién tiene la culpa. El juez decidirá la custodia, la propiedad, dividirá las deudas y el mantenimiento conyugal, pero no quién tiene la culpa por el divorcio.

 Puede ser que usted sienta  la necesidad de platicar con otras personas sobre los problemas en su matrimonio. Muchas veces, eso es una buen idea. No tenga miedo de pedir ayuda. Hay varias agencias incluidas en las páginas amarillas de los libros de teléfono bajo el título “Matrimonio y consejeros familiares”. Reciba consejos sobre sus problemas personales y familiares de un consejero entrenado. Reciba sus consejos legales de su abogado. Cada uno está entrenado para ayudarlo en diferentes áreas. No los confunda.

 En este manual, le enseñamos  los pasos básicos que debe seguir para obtener el divorcio. Un divorcio que no es complicado puede ser finalizado en poco tiempo, como por ejemplo nueve o diez meses. Pocos divorcios son simples. Cada divorcio es diferente.

  

 EL PRIMER PASO- ESCOGER UN ABOGADO

 Un abogado no puede representar a las dos partes, el esposo y la esposa, en un caso de divorcio. Aunque  usted y su esposo puedan estar de acuerdo en todo inicialmente,  pueden venir problemas mas tarde. Su esposo puede sugerir que usen el mismo abogado porque será más barato que un abogado maneje el divorcio para ambos. Esto no es una buena idea. Como quiera, si usted escoge un abogado, asegúrese de  que el abogado está representándolo a usted. Esto quiere decir, que el abogado aparece como su representante  en los papeles presentados en la corte

 Los honorarios que usted tiene que pagar por su divorcio incluyen gastos de la corte y los honorarios que su abogado cobrará. Hay gastos  adicionales si usted solicita que el  sheriff le lleve a su esposo (a) las copias de los documentos presentados en la corte. El monto depende de que tan fácil sea encontrar a su esposo (a). Si su abogado decide que se necesita una deposición (declaración bajo juramento), usted tendrá que pagar por el tiempo y el trabajo del reportero de corte. Si usted no sabe dónde está su esposo, tendrá que poner un aviso en el periódico legal para informarle de la solicitud de divorcio. Esto normalmente cuesta $100.00 o más.

 Si usted no puede pagar los gastos del divorcio, usted puede pedirle a la corte que le exima del pago y le deje continuar el divorcio  “In Forma Pauperis”. En estos casos, la corte puede ordenar que el condado  pague los gastos de registrar la acción y de servirle a su esposo los papeles de divorcio.  Aún cuando usted proceda “In Forma Pauperis”  tendrá que pagar por otros gastos como honorarios  de testigos y gastos de deposición.

 En algunos casos, el juez puede decidir que su esposo(a) tiene que pagar todos o algunos de estos gastos. Pregúntale a su abogado si esto es posible en su caso. Aunque el juez ordene que su esposo(a)  pague los gastos, es posible que su abogado requiera algún dinero de su parte  antes de que él o ella inicie el caso. Entonces, si a su esposo(a) se le ordena pagar, cuando él (ella) pague, usted puede recibir parte o todo de su dinero devuelta. Si su ingreso es muy bajo, usted le puede solicitar a la corte que lo deje presentar su caso sin pagar los gastos de la corte, esto es lo  que se llama proceder “in forma pauperis.”

 Usted puede ayudar usted a mantener los gastos bajos y a adelantar el proceso de divorcio  estando siempre listo cuando tiene que hablar con su abogado. La primera vez que va a ver su abogado, lleve con usted la lista de sus deudas, la lista de los bienes que hay  en su casa, la descripción legal de sus bienes inmuebles o propiedades, los números de identificación de sus carros, copias de sus declaraciones de impuestos, tarjetas de crédito, el número de seguro social de su esposo, los números de seguro social de todos los hijos del matrimonio y una lista de las cosas que usted quiere. También lleve la lista de sus gastos mensuales, comida, renta, los servicios públicos, doctores y medicinas, dinero para el almuerzo, dinero para el autobús, gastos de limpieza, y de todo lo que tenga que pagar cada mes. Haga una lista y llévela con usted. Tenga en cuenta que si se le olvida hacer alguna pregunta y llama a su abogado después, él puede cobrarle por esa llamada.

 Es fácil confundirse cuando se entra en el sistema legal. Usted oirá palabras nuevas y estará en situaciones nuevas. La gente, incluyendo su abogado, pensará que usted sabe lo que está pasando. Algunas veces usted no va a saber. Es muy importante que usted sepa lo que está pasando.  Pregúntele  a su abogado sobre las cosas que usted no entiende. Su abogado debe de estar dispuesto a explicarle lo que no entiende. Si su abogado no está dispuesto a explicarle lo que está pasando, puede que usted necesite otro abogado. Así como usted lo (la) contrató, usted lo (la) puede despedir.  Hay muchos abogados que toman casos de divorcio. Usted puede encontrar al abogado que sea bueno para usted.

 

EL SEGUNDO PASO - PRESENTAR SU  PETICIÓN 

El siguiente paso para obtener  el divorcio, es presentar una “petición.”

 Su petición le dirá al juez lo siguiente:

1)      Cuándo y dónde se casaron

2)      Dónde está viviendo

3)      Dónde vive su esposo(a)

4)      Que usted o su esposo han vivido en el estado por un año

5)      Las fechas de nacimiento y nombres de sus hijos;

6)      Que su matrimonio se acabó (roto sin remedio);

7)      Lo que usted quiere que pase con los niños, su propiedad, sus muebles, otros  bienes domésticos, y sus deudas;

8)      Si usted quiere o no quiere pensión alimenticia de su esposo(a);

9)      Que usted quiere que  el juez de por terminado  su matrimonio;

10)  Que usted quiere que el juez decida qué va a pasar  con sus hijos, visitación, su propiedad, sus muebles, otros bienes domésticos, y sus deudas;

11)  Que usted quiere que el juez decida quién va a pagar manutención (pensión alimenticia); y

12)  Cualquier otra cosa que usted quiera que el juez haga. (Por ejemplo, restaurar su nombre de soltera.) 

Normalmente, después de que usted habló con su abogado por primera vez habrá un periodo de espera para que los papeles estén listos. Usted debe leer con cuidado los papeles cuando estén listos. Debe de estar seguro que toda la información es correcta. Una vez que todo esté correcto, usted va a firmar la petición enfrente de un notario público. Esto quiere decir que usted está jurando que la información contenida en los papeles es la verdad. ¡Asegúrese de que así sea! .

Cuando su caso sea presentado, le asignarán un número. En realidad, la mayoría de las cortes usan dos números en vez de uno, por ejemplo, folio (docket) 32, número 14. Estos números van a aparecer en su archivo de la corte y en todo los papeles que se presenten en el futuro.  Como  usted es la persona que está presentando la petición, a usted se llama el/la “Peticionario(a) o Demandante.” A su esposo(a) se llama el/la “Demandado(a)”

EL TERCER PASO - “EL AVISO O NOTIFICACION”HACIENDOLE SABER A SU ESPOSO(A) QUE USTED HA PRESENTADO EL DIVORCIO 

Usted y su esposo probablemente han hablado del divorcio por algún tiempo. De cualquier manera, su esposo todavía tiene que ser informado “oficialmente.”  Hay tres modos de informarle a su esposo oficialmente que usted ha presentado el divorcio: una aparición voluntaria, servicio o notificación por medio del sheriff, o por publicación. Su abogado discutirá con usted cuál es el mejor método en su caso.

 

A.  ENTRADA DE APARICIÓN, O APARICIÓN VOLUNTARIA 

El primer modo de notificar a su esposo(a) es que firme unos papeles que se llaman

 “Entrada de Aparición” o “ Aparición Voluntaria” (Voluntary Appearance.) Esto es un papel que dice que su esposo(a) sabe que usted ha presentado su petición. También dice que  su esposo(a) está de acuerdo con que usted prosiga con el divorcio. También puede decir que usted no tiene que darle a su esposo(a) más notificación para continuar con el divorcio. Su esposo(a) debe de firmar los papeles enfrente de un notario público. Esto se llevará a cabo  después de que usted presente su petición. Una vez que su esposo(a) firme los papeles, su abogado los presentará a la corte. El día que su abogado r los papeles es el día oficial de notificación.

 

B.  EL PROCESO DE SERVICIO O NOTIFICACION 

El segundo modo de notificar es  que el  Sheriff del Condado le entregue una copia de su petición y una citación a su esposo(a).  Una citación es un papel que le dice a su esposo(a) cuánto tiempo tiene para presentar una “respuesta” a su petición.  El sheriff tiene que entregarle los papeles a su esposo(a) personalmente. El no los puede dejar con otra persona para que se los entregue a su esposo(a). Usted necesita saber dónde puede encontrar a su esposo(a) para que el sheriff le entregue los papeles. Su esposo(a) puede ser servido en su casa, en su trabajo, en su lugar favorito, o donde se le pueda encontrar fácilmente.  Usted debe  decirle a su abogado cuál es el mejor lugar y los mejores horarios para encontrar a su esposo(a). Recuerde que entre mas tiempo le tome al sheriff  salir a encontrar a su esposo,  más caro le  costará el servicio.

Incluso si su esposo(a) no está viviendo en el mismo condado, o no  está viviendo en Nebraska, usted todavía puede hacer que un sheriff le dé a su esposo los papeles. El  actuario de la corte del distrito en su condado le dará a su abogado el emplazamiento. Su abogado entonces enviará la petición y el emplazamiento al sheriff donde su esposo(a) esté viviendo. Este tipo de servicio toma un poco más tiempo. También puede haber un problema con la “jurisdicción.” Esto significa que el juez no puede tomar decisiones sobre muchas de las cosas que usted solicitó en su petición. Hay una explicación mas completa acerca de la jurisdicción en la parte II de este manual. 

El sheriff debe de hacerle saber a la corte si ha podido encontrar a su esposo(a) y darle los papeles o no. El sheriff tiene solamente cierto número de días para hacerlo. Esto se llama la fecha “de regreso” Si el sheriff no puede encontrar a su esposo(a) la primera vez, su abogado puede solicitar que él intente otra vez. Un emplazamiento nuevo tiene que ser escrito. Usted puede intentar entregarle los papeles a su esposo  de esta manera, si usted  encuentra nuevas direcciones para él o ella. Sin embargo, si el sheriff todavía no puede encontrar a su esposo(a), usted tiene que notificarlo de otra manera. 

Si el sheriff le da a su esposo(a) los papeles, usted le ha dado su aviso. El abogado  probablemente llamará a este tipo de  aviso “el Servicio del Proceso.” El día que el sheriff le da los papeles a su esposo(a) es el día oficial del aviso.

 

C.  AVISO POR PUBLICACION 

La tercera manera de dar  aviso a su esposo(a) es por publicación. Esto se utiliza solamente si usted no sabe en dónde está su esposo(a). Su abogado preparará un documento que se llama una "declaración" para que usted lo firme. Al firmarlo,, usted está jurando que no sabe en dónde está su esposo(a). Usted solicita  que el juez le permita  informarle a su esposo(a) que ha presentado el divorcio por medio de un aviso (como un anuncio) en el periódico legal en su condado. Su aviso debe ser publicado un día de cada semana durante tres semanas. Nadie espera que su esposo(a) vea el aviso. Pocas personas que no sean  abogados leen los periódicos legales. Pero la ley dice que usted l debe hacerlo así. 

Darle a su esposo  aviso o notificación del divorcio significa que usted debe seguir alguno de los tres métodos antes indicados. A veces usted tendrá que tratar todos los tres. Todos toman diferentes cantidades de tiempo. Los gastos son diferentes para cada uno. Lo importante es recordar  que la fecha oficial del aviso a su esposo(a) es la fecha utilizada para decidir cuando su audiencia de divorcio puede ser establecida. Por lo menos 60 días deben pasar antes de que su abogado pueda establecer su audiencia final. Los 60 días empiezan a correr desde el día oficial del aviso. El día  oficial del aviso en su caso será: 

1. La fecha en que su abogado presentó en la Corte la Entrada de Aparición firmada por su esposo(a)   o

2. La fecha que el sheriff entregue una copia de su Petición y una Citación a su esposo(a); o

3. El día en que su aviso (anuncio) es publicado en el periódico legal por la tercera y última vez.  

 

EL CUARTO PASO - LA RESPUESTA DE SU ESPOSO 

Cada persona que es demandada debe tener la oportunidad de decir su lado de la historia o su posición. Esto se hace presentando  un papel en la corte que se llama una respuesta. En una respuesta, la persona que ha sido  demandada le dice a la corte si él o ella  está de acuerdo o no con lo que se dice en la petición. Esta persona también le dice al Juez lo que él o ella quieren que el Juez haga acerca del problema. 

Su esposo(a) tiene el derecho a presentar  una respuesta a su petición. Su esposo(a) tendrá 30 días de tiempo contados a partir de que él o ella fueron notificados que usted ha presentado el divorcio para registrar la repuesta a su petición. En su respuesta, su esposo(a) le dirá al Juez si él o ella están de acuerdo o no con que  su matrimonio se ha terminado. Su esposo(a) también le dirá al Juez sus sentimientos acerca de la custodia, la pensión alimenticia, y como  se debe dividir su propiedad. 

Si su esposo(a) no presenta una respuesta (no está obligado(a) a hacerlo), usted gana por omisión. Es similar a  un juego de béisbol. Cuando un equipo no se aparece, el otro equipo automáticamente gana. Lo que usted gana, si ninguna respuesta es presentada, será el derecho a continuar  con el divorcio sin su esposo. Esto también significa  que si lo que usted ha pedido es justo, usted probablemente lo obtendrá. 

Su esposo puede presentar una respuesta en la que está de acuerdo con que el matrimonio se acabó, pero no está de acuerdo  con  algunas de las cosas que usted ha dicho en la petición. Probablemente su esposo ha contratado a su propio abogado. Ahora les toca a los  abogados llegar a un acuerdo basado en sus instrucciones. Asegúrese de  que su abogado sabe lo que usted quiere, pero sea razonable. Cada una de las partes debe hacer concesiones. . La propiedad debe ser  dividida de una manera justa. La pensión alimenticia debe de basarse  en lo que usted y los niños necesitan, pero también en lo que su esposo(a)  puede realmente pagar. 

En la mayoría de los casos, su Decreto de divorcio será redactado  antes de su audiencia final en  la corte. El Decreto es el papel que el juez firma para  terminar su matrimonio y establecer lo que sucede con los niños, la pensión alimenticia, la propiedad, y las cuentas. Si usted y su esposo (por medio de sus abogados) no pueden llegar a un acuerdo,  el juez  será quien tome esas decisiones. De cualquier manera, el siguiente paso  en el divorcio es la audiencia final. Llamamos a esta la audiencia final, porque puede que haya  habido otra audiencia  poco tiempo después de que usted presentó  su solicitud de divorcio, llamada audiencia temporal. Hay una  explicación más completa acerca de esto en la parte II de este manual. 

 

EL QUINTO PASO - LA AUDIENCIA FINAL 

La audiencia final no puede ser establecida antes  de 60 días (dos meses) contados a partir del día de aviso a su esposo. Generalmente, esto significa que por lo menos tres meses han pasado desde que usted presentó su petición hasta que pueda ir a la corte. 

Su audiencia de divorcio puede ser sencilla y durar  cinco minutos o puede tomar varias horas o días. Lo que  suceda en la audiencia dependerá de si usted y su esposo(a)  han sido o no capaces de llegar a acuerdos. Antes de la audiencia, su abogado debe repasar todo que usted dirá en corte.  

Su abogado también debe decirle que  preguntas le puede hacer  el abogado de su esposo(a). Su abogado debe de hablar con los testigos que usted lleve  para que ellos sepan lo que su abogado y el otro abogado les preguntarán. Su abogado querrá saber si usted sabe acerca de problemas que puedan acontecer. . Sea honesto con su abogado. Su abogado no puede prepararse para afrontar los problemas si no sabe acerca de ellos.  

Si usted y su esposo(a) han llegado a acuerdos, o su esposo(a) nunca presentó una respuesta, su audiencia será sencilla. Su esposo(a) no tiene que estar en la audiencia. Solamente alguno de ustedes debe de testificar. Su abogado pedirá que usted tome el estrado. Usted será juramentado. Su abogado le hará unas pocas preguntas sencillas, la mayor parte serán acerca de las cosas que usted pidió en su Decreto. Su abogado le dará el Decreto al Juez. El Juez lo leerá. Si él está de acuerdo en  que el Decreto es justo, él lo firmará. 

Si usted y su esposo(a) no han sido capaces de resolver sus disputas, usted tendrá que permitir que el Juez decida lo que es justo y correcto. Usted y su esposo(a) pueden ser juramentados y cuestionados. Usted y su esposo pueden traer a personas con ustedes (testigos) que pueden decirle al juez cosas para ayudarle en su caso. 

Al final de la audiencia, el Juez puede tomar una decisión de inmediato. El juez  también puede decir que  necesita mas tiempo para pensar acerca de lo que todos han dicho. 

Su abogado debe darle una copia de su Decreto tan pronto como  sea firmado. Léalo con cuidado. Si usted no entiende alguna parte, pida que su abogado  se la explique. Si usted está de acuerdo  con la decisión del Juez, usted ha completado  todos los pasos que usted debe tomar para obtener su divorcio. Lo que deben de hacer ahora es esperar a que pasen 30 días y su divorcio es final, excepto en lo concerniente a  volverse a casar, la apelación, y la continuación del seguro de enfermedad. El divorcio no será final para el propósito de otro matrimonio, la apelación, y la continuación de seguro de enfermedad hasta después de 6 meses contados a partir de que el Juez firme el Decreto. Sin embargo, si usted no está de acuerdo  con algo en su Decreto, vaya al sexto paso.

 

EL SEXTO PASO - QUE HACER SÍ USTED NO RECIBIO LO QUE PIDIO 

Si usted no está de acuerdo con algo que el Juez ha decidido, hable con su abogado enseguida. Su abogado puede pedir que el Juez escuche el caso por una segunda vez con  la esperanza de que él cambiará de opinión. Si el Juez se niega a hacerlo o toma la misma decisión, usted puede solicitar que la Corte de Apelaciones de Nebraska o que la Corte Suprema de Justicia de Nebraska  escuchen su caso. Estas cortes decidirán si el Juez del la Corte del Distrito tenía razón y fue justo. 

Una apelación a una corte superior  le puede costar mucho dinero. También tomará bastante tiempo  antes de que los Jueces tomen una decisión. Su abogado debe ser capaz de decirle   cuáles son sus oportunidades de ganar. Los jueces de apelación no cambiarán la decisión del Juez de la Corte del Distrito a menos que ellos sientan  que él fue  injusto o que él cometió un error de alguna clase dirigiendo su audiencia. Si su abogado le dice que sus oportunidades de ganar no son buenas, usted puede obtener una segunda opinión, pero hágalo de inmediato. Hay plazos para apelar que usted debe cumplir. . Su abogado debe pedir que el Juez escuche su caso por  segunda vez dentro de diez días a partir de la primera decisión que el Juez tomó. El abogado presentará una Petición solicitando un Nuevo Juicio. . La apelación ante  la Corte de Apelaciones o la Corte Suprema  debe presentarse  dentro de 30 días contados a partir del día en que el Juez toma su decisión.

 

EL SEPTIMO PASO –  DE LA CACEROLA   AL  FUEGO 

El día en que el Juez firme el Decreto todas las cosas ordenadas  en el Decreto tendrán efecto. Algunas cosas surtirán efecto  en fechas diferentes si el Juez así lo ordenó en el Decreto. Por ejemplo, la pensión alimenticia para los niños puede empezar un mes después de que el Decreto fue firmado. Lea su Decreto con cuidado para que sepa las fechas que aplican.  

Aunque el Decreto esté en efecto, usted todavía está casado por otros seis meses. El Decreto no es final para el propósito  de terminar su matrimonio sino hasta después de  seis meses contados  a partir de la fecha en que el Juez lo firmó. Lo que esto significa realmente es que usted no puede casarse con nadie más hasta que pasen seis meses después de que el juez firme su Decreto. Esto es cierto para volver a casarse en Nebraska o en cualquier otra parte. . Si usted va a otro estado y se casa con otra persona antes de que pasen los seis meses, su matrimonio no es legalmente válido.                  

 

PARTE II - GLOSARIO 

Hemos preparado esta sección en orden alfabético de acuerdo a los nombres en Inglés. Hemos tratado de utilizar los términos más comunes para que usted pueda encontrar fácilmente lo que necesita. . Si usted no puede encontrar lo que busca, piensa acerca de otros nombres  y  busque otra vez.    

LA PENSION  ALIMENTICIA PARA EL CONYUGUE (Alimony) 

La pensión es dinero que se le ordena a un(a) esposo(a)  pagar para la manutención  del otro cónyuge. Antes de que el Juez ordene una pensión, él / ella considerará cuanto tiempo estuvieron casados, si usted es capaz de mantenerse a sí mismo (a), etc. Por ejemplo, si usted estuvo casado(a) por 25 años y no ha trabajado en los pasados 20 años, va a ser difícil que usted vaya a encontrar trabajo.  

Puede que usted necesite volver a la escuela. En este caso, el Juez ordenaría probablemente que su esposo(a) la/ lo mantenga, por lo menos hasta que usted sea capaz de mantenerse a sí misma(o). Si usted estuviera incapacitado(a) y no puede trabajar del todo, el juez  probablemente ordenaría que ese dinero sea  pagado de por vida o hasta que usted se volviera a casar. La pensión casi siempre se termina cuando usted se vuelve a casar.  

Puede que  usted no quiera recibir  dinero de su esposo(a). Sin embargo, su abogado le puede aconsejar que  pida  alguna cantidad (tan poco como un $1.00 por año.) Tome ese consejo. Si la pensión no se incluye en el Decreto original, usted no la podrá pedir más tarde, aun cuando   su situación haya cambiado y usted la necesite. Si se ha incluido aunque sea un  $1.00, usted puede pedir un aumento más adelante.  

La pensión no es solamente para mujeres. Las cortes ordenan a veces que mujeres le paguen pensión a sus maridos.

 

LA ANULACIÓN (Annulment) 

La mayoría de las personas creen que si  estuvieron  casados  por un corto  tiempo, pueden tener el matrimonio anulado, en lugar de obtener  un divorcio. Esto no es verdad en Nebraska. El tiempo del matrimonio no importa. Hay  reglas específicas acerca de cuándo un matrimonio puede ser anulado. Usted debe preguntarle a su abogado acerca de las reglas para anulaciones.  

Los pasos que usted debe tomar para anular su matrimonio son casi los mismos que se deben seguir para un divorcio. La única diferencia es la cantidad de tiempo que toma. Una anulación entra en vigor enseguida. Un divorcio no es final hasta los  seis meses. Si usted piensa que  tiene una causal para obtener una anulación en vez de  un divorcio, pregúntale a su abogado acerca de eso. Una anulación legal no es una anulación por la iglesia. Si usted quiere una anulación por la iglesia, usted necesitará hablar con su líder religioso.                        

 

 EL RAPTO DE MENORES  (Child Snatching) 

Muchos estados, incluyendo Nebraska, han adoptado el Acto Uniforme de la Custodia de Niño. El Acto contiene reglas muy importantes. La regla más importante para usted es que mantiene la jurisdicción en el estado donde el niño tenga los contactos más cercanos. Esto se llama el estado hogar o "home state." Generalmente esto significará el estado donde el divorcio se llevó a cabo, si es el estado en el que usted y su niño(a) continúan viviendo.  

El Juez  del estado en donde su esposo(a) se lleve al niño(a) no puede tomar las decisiones acerca de la custodia, porque las personas que pueden decirle al Juez lo que sería en el mejor interés  del niño están en el estado  hogar del niño. El Juez debe ordenar que el niño sea regresado a usted.   También el Congreso ha pasado una ley que requiere a todos los  estados respetar los decretos de  custodia  de otros estados. También dice que el gobierno federal puede ayudar a encontrar a un padre o una madre  que ha raptado a un niño y que el FBI puede ayudar en algunos de estos casos.  

Si su esposo(a) se lleva a su niño(a) lejos o se niega a  devolverlo después de que se ha ido para una visita, llame a su abogado. Usted necesitará la ayuda de su abogado para utilizar estas leyes y recuperar a  su hijo.                                           

 

LA PENSION ALIMENTICIA PARA MENORES  (Child Support) 

Generalmente, será ordenado que la persona que no tenga la custodia de los niños pague una pensión alimenticia. . La cantidad que el Juez ordena está basada en las necesidades de los niños y la capacidad monetaria de ambos padres. La Corte Suprema de Justicia  de Nebraska ha establecido las pautas que deben seguirse al establecer la pensión alimenticia para los niños. La pensión alimenticia para los  niños que se ha pagado por medio del Centro de Pagos de la Pensión Alimenticia para los Niños en Nebraska, (Nebraska Child Support Payment Center) es aparte  de cualquier "regalo" que el padre obligado a pagar pueda darle al(a la) niño(a). 

A  su esposo(a) se le ordenará que haga los  pagos al Centro de Pagos de la Pensión Alimenticia para los Niños en Nebraska (Nebraska Child Support Payment Center). El Centro después  le envía los pagos a usted. Los documentos del  Centro son la mejor evidencia en discusiones acerca de  la pensión alimenticia. 

El cobrar la pensión  alimenticia del niño puede convertirse en un problema, especialmente si su esposo no vive en el estado o si el no trabaja regularmente. Si usted está recibiendo AFDC, usted le ha asignado al estado su derecho a la pensión alimenticia del (de la)  niño(a). l. Esto significa que el estado le da un pago completo de AFDC y el estado conserva  cualquier pago de pensión alimenticia que su esposo (a)  haga.  Cuando su esposo(a) no paga, el estado va  a demandar a su esposo(a) por la pensión alimenticia.  

Si usted no está recibiendo AFDC, usted puede emplear a su propio abogado o usted puede pedir que el abogado del condado (a través de la oficina que cobra las  Pensiones Alimenticias para los Niños) vaya a demandar a su esposo(a).  Debido a que esta oficina lleva muchos, muchos casos, algunas veces les puede tomar algún tiempo el empezar su caso.    Algunas veces, en lugar de  llevar a su esposo(a) a la corte, ellos llegarán a  un arreglo en donde él / ella pague menos de lo que fue ordenado originalmente. Si usted no está de acuerdo con esto, dígaselo al abogado del condado y el Juez decidirá lo que  es justo.  Recuerde, que la pensión alimenticia del niño y las visitas son dos diferentes cosas.  Usted no puede impedir que su esposo visite a los niños simplemente porque que él / ella no ha pagado la pensión alimenticia del(de la) niño(a).

 

EL MATRIMONIO COMUN O CONCUBINATO  (Common Law Marriage) 

Si usted vive con su novio o novia en Nebraska, pero no ha solicitados  una licencia para matrimonio  ni ha tenido una boda, no están casados. Tampoco están casados si estuvieron juntos por siete años o más.   Sin embargo, si usted se muda a un estado que reconoce una unión de la ley común (concubinato) como  válida y después se muda al estado de Nebraska, usted tendrá un matrimonio válido en Nebraska. Los requisitos para la unión de la ley común varían  de estado a estado.  Si usted tiene una unión válida de la ley común y se separa, usted necesita  obtener un divorcio para terminar la unión.

 

EL DESACATO AL TRIBUNAL  (Contempt of Court) 

Cuando un Juez dice que alguien ha cometido un "desacato al tribunal,"  esto significa que esa persona no está haciendo lo que le fue  ordenado  aun cuando es capaz de  hacerlo. El Juez puede imponer un castigo  por esto.  Las audiencias por  desacato al tribunal pueden ser muy serias.  El Juez puede poner a una persona en la cárcel porque cometió un desacato al tribunal. 

El tipo más común de audiencias por  desacato a un tribunal se llevan a cabo porque el/ la esposo(a) se retrasa  en pagar la pensión alimenticia del (de la) niño(a). Si él / ella tiene una buena razón para hacerlo, el Juez le puede dar a su esposo(a) la oportunidad de ponerse al corriente. Si no, el Juez puede mandar a su esposo(a) a la cárcel. 

Usted puede pedirle a su abogado que solicite  una audiencia por desacato al tribunal cuando su esposo(a) no está haciendo algo que le fue ordenado hacer  en su decreto de divorcio.  Su abogado puede decirle si esta es la mejor manera de conseguir lo que usted desea. 

Si a usted se le ha  ordenado  pagar la pensión alimenticia de los niños pero no la puede pagar,  puede pedirle a la corte que  modifique  o cambie el decreto de divorcio.  Los Jueces no hacen esto a menos que  si usted tenga  una  buena razón para el cambio.  Hable con su abogado cuando el problema comienza. Si usted espera hasta que esté en desacato al tribunal por  no pagar, puede que el Juez no estará dispuesto a rebajar o a suspender los pagos.

 

LA CUSTODIA DE LOS NIÑOS (Custody of the Children) 

Cuando un Juez tiene que decidir quién tendrá la custodia de los niños,  la decisión debe basarse en  cuál es el mejor interés de los niños. El juez debe decidir cuál padre puede ser el mejor proveedor para los niños dentro de la rutina cotidiana. . Proveer significa más que brindar una casa y alimento.  También significa resolver las necesidades emocionales del niño; y velar porque  el niño crezca feliz y sano. 

Un Juez no le puede dar la custodia a la madre simplemente porque  piense que los niños deben permanecer  con su madre.  Él no le puede dar la custodia al padre simplemente porque el padre gane  mucho más dinero que la madre.  El Juez escucha todo lo que sea dicho en la audiencia.  Esto podría incluir informes de un psicólogo.  Si los niños tienen más edad (generalmente   por lo menos 12 años), el Juez les puede preguntar con quién  desean vivir.  Después de escuchar todo, el Juez debe decidir qué es lo  mejor para los niños.  Las actividades de los padres no son consideradas a menos que tengan un efecto en los niños.  Así que no piense que usted automáticamente perderá la custodia de los niños porque ha tenido una relación extramarital. .  Sin embargo, asegúrese de  hablar con su abogado acerca de esto.

 

 LA DIVISION DE  LA PROPIEDAD  (Property Division) 

Todo lo que usted y su esposo(a) compraron mientras que estuvieron casados, con dinero que ustedes compartieron o los regalos que les fueron dados a los dos, les pertenecen a ambos. Esto incluye bienes raíces, los bienes del hogar,, los muebles, los vehículos,, los barcos, los remolques, las acciones, los bonos, etc. Cuándo usted obtiene su divorcio, esta propiedad se debe dividir. Si usted y su esposo no pueden ponerse de acuerdo en cómo se debe dividir, el Juez tendrá que decidir.  

Se supone que el Juez  divida la propiedad de una manera justa. Algunas cosas no son fáciles de dividir; como por ejemplo, su casa o su vehículo. Si algo no se puede dividir, el Juez puede darle a la otra persona una cosa  de igual valor. El Juez también puede ordenar que esa propiedad sea vendida y que la ganancia sea dividida.  

Si usted y su esposo(a) han estado separados por algún tiempo, es probable que ya hayan dividido la mayor parte de la propiedad. El Juez generalmente no cambiará esta división a menos que alguno de ustedes se quejará de que la división no fue justa.

 

 LA DIVISION DE DEUDAS (CUENTAS)  (Division of Debts) 

Mientras usted y su esposo(a) estuvieron casados, ustedes probablemente tuvieron tarjetas de crédito y cuentas de banco juntos,, sacaron  préstamos, etc. Alguien tiene que continuar  pagando  estas cuentas. Otra vez, si usted y su esposo no pueden acordar quién debe pagarlas, el Juez tendrá que decidir.  

Es importante  recordar lo siguiente: su Decreto de divorcio sólo afecta su relación con su esposo, no con sus acreedores. En lo que a  ellos respecta, ambos, usted y su esposo, están obligados a pagar. . Su Decreto de divorcio no quita su nombre de la cuenta. Si su esposo(a) no-paga, ellos van a querer que usted pague. Si usted no lo hace, ellos pueden tratar de recobrar cualquier bien que  usted usó como seguridad (garantía colateral) en el préstamo. Ellos también pueden demandarlo(a) por la suma debida en el préstamo.  

Si su esposo(a) no paga, usted puede preguntarle a su abogado acerca de una audiencia en la  corte por  desacato al tribunal. El Juez puede castigar a su esposo(a) por no pagar las cuentas que se le ordenó pagar. Si en cualquier momento usted averigua que su ex esposo(a) va a presentar  una bancarrota, hable con su abogado. Su esposo(a) no puede incluir pensión alimenticia para los niños, en su bancarrota. Es posible que su esposo(a) no pueda incluir las deudas que se le ordenó pagar en el Decreto de divorcio. Pero es importante que usted hable con un abogado enseguida acerca de esas deudas.

 

EL OBTENER SU NOMBRE ANTERIOR  (Getting Your Prior Name Back) 

Después de su divorcio,  puede que usted quiera volver a utilizar su apellido de soltera. Si no es su primer matrimonio,  puede que usted quiera  volver a usar su nombre del matrimonio anterior, especialmente si usted tiene hijos con ese nombre. Debe de decirle a su abogado que usted quiere esto en su primera entrevista. Su solicitud  debe estar incluida en su petición de divorcio.

 

El GUARDIAN  “AD LITEM”  (Guardian Ad Litem) 

Un “Guardian Ad Litem”, o el GAL, es una persona designada por la corte para  representar a los niños en una disputa por la custodia. El GAL es generalmente un abogado que se supone debe velar por  los mejores intereses de los niños. Esto puede que signifique  hacer lo que el niño quiere o puede que no. Los honorarios del GAL son pagados por los padres o el Condado.  

 

EN “FORMA PAUPERIS”   (In Forma Pauperis) 

Cada persona tiene el derecho de presentar su petición en la corte, incluso si  no puede pagar las tarifas de la corte. Un Juez debe ordenar que a la persona se le permita presentar su demanda  sin pagar,  si   demuestra que no puede costear las tarifas de la corte. La persona debe firmar una declaración que muestra los ingresos y los gastos. Si el Juez está de acuerdo con  que usted no puede costear  las tarifas  de la corte, él / ella firma una Orden que dice que usted puede presentar su petición  sin pagar las tarifas por adelantado. Entonces, puede que al condado se le ordene pagar las tarifas de la corte (los costos para presentar la petición, el Sheriff, la publicación.) Esto no incluye los honorarios de abogados.

 

El SEGURO (Insurance) 

Si su esposo(a) tiene una póliza de seguros de vida al momento  de su divorcio, usted puede pedir que el Juez le ordene a su esposo(a) que haga a los niños los beneficiarios. Esto protegería a los niños en caso de que él / ella se case otra vez o no pueda pagar en el futuro.  

La ley de Nebraska requiere a los padres  obtener seguro de enfermedad en beneficio de cualquier niño siempre y cuando esté disponible por medio del patrono u otra asociación  a un costo  razonable.

 

LA CUSTODIA CONJUNTA  (Joint Custody) 

Varios estados han pasado  leyes que permiten a los Jueces  conceder la custodia conjunta. Nebraska no ha pasado estas leyes. Un Juez puede conceder la custodia conjunta aunque no haya una ley especifica. Sin embargo, lo más probable es que los  Jueces no lo hagan. 

La custodia conjunta puede significar cosas diferentes. Puede significar que un padre tiene los hijos la mayor parte del tiempo, pero los dos padres toman las decisiones acerca de los hijos. Puede significar que los hijos viven la misma cantidad de  tiempo con ambos padres. Para que la custodia conjunta funcione, los padres deben ser capaces de trabajar juntos. No todos son capaces de poner aparte sus sentimientos. Sea práctico acerca de su relación con su esposo(a). Si ustedes tenían peleas acerca de cómo criar a los hijos mientras que estuvieron casados, esas peleas probablemente continuarán con la custodia conjunta.

 

LA JURISDICCION  (Jurisdiction) 

La jurisdicción es la autoridad de la corte para oír y decidir un caso.

 

LA SEPARACION LEGAL   (Legal Separation) 

Si usted o su esposo(a) no vivieron en el estado el  tiempo suficiente para presentar un divorcio, usted puede presentar una separación legal. Las cosas que usted y su abogado deben hacer son casi iguales a las que deben hacer si usted presenta un divorcio. Los gastos son casi los mismos. El Juez puede tomar decisiones acerca de los niños, la pensión alimenticia, la división de la propiedad y cuentas,  órdenes de restricción, etc. La  verdadera diferencia es que una separación legal no termina el matrimonio.                           

 

 LA MODIFICACION DE UN DECRETO  (Modification of a Decree) 

Modificación sencillamente quiere decir cambios. Usted le puede pedir al Juez que cambie las cosas que él / ella ordenó en el primer decreto de divorcio. Sin embargo, antes de que el Juez haga esto, usted debe demostrar que algo ha cambiado. Usted no le puede preguntar al Juez que  cambie el decreto simplemente porque a usted no le gustó lo que el Juez hizo la primera vez.  

La corte requiere que demuestre un "cambio substancial de circunstancias." Por ejemplo,  usted quiere más pensión alimenticia para el niño. La inflación ha hecho más costoso para  usted mantener a sus hijos. Esto es un hecho que usted puede demostrarle al Juez. Pero usted probablemente necesitará  más. Usted podría demostrarle que su esposo(a) gana más dinero ahora de lo que él ganaba cuando se divorciaron, o que usted está ganando menos dinero.

 Siempre que usted sienta  que algo en su Decreto debe ser cambiado,, piense en cómo  puede demostrarle al Juez que las cosas han cambiado. Después de esto hable con su abogado.

 

El ACTO DE LOS PADRES   (Parenting Act)

 Desde Septiembre de 1994 todas las partes envueltas en una demanda para la custodia de un niño  deben recibir  materiales informativos departe del actuario  de la corte del distrito donde la demanda ha sido presentada. La intención de estos materiales es  educar a las partes con respecto a los procedimientos  y los efectos que pueden tener en los niños implicados. Generalmente el abogado envuelto en el caso es responsable de distribuir los materiales bajo el Acto de los Padres.

 

LAS ORDENES DE RESTRICCION  (Restraining Orders)

 Hay dos tipos de  órdenes de restricción que se pueden utilizar para mantener a su esposo(a) alejado de usted. El primer tipo simplemente dice que su esposo(a) tiene que dejarla(o) sola(o) y mantenerse lejos de usted. Un Juez puede firmar este tipo de  orden sin tener una audiencia. El segundo tipo dice que su esposo(a) tiene que salirse de la casa y mantenerse lejos de usted. Esta orden de restricción  requiere una audiencia. Si usted ha sido maltratado(a) físicamente o piensa que usted lo será en el futuro, usted puede pedir una orden de restricción sin tener que presentar un divorcio. Esto también aplica para personas que viven juntas pero no están casadas.

 Una orden de restricción es simplemente un papel. Si su esposo(a) la desobedece, el juez puede encontrar que  su esposo(a) está en desacato al tribunal. Si su esposo(a) está decidido(a) a hacerle daño o se rehúsa a dejarla(o), puede que usted no sea capaz de obtener ayuda legal a tiempo.. A veces lo mejor es que usted encuentre otro lugar para vivir por un tiempo. . Si usted no puede quedarse con parientes o amigos, hay agencias que pueden ayudarle.. Muchas ciudades tienen agencias que pueden ayudarle a encontrar un lugar para vivir y proveen otros servicios que usted puede necesitar. Llame a la Oficina del “Welfare” en su condado para averiguar a dónde puede llamar..

 Si usted decide  quedarse en su casa, cambie las cerraduras. A la primera señal  de problemas, llame a la policía. No abra la puerta para tratar de razonar con su esposo(a). Cuándo usted sale de su casa, trate de tener a alguien con usted. Para más información, llame a la Comisión de Nebraska acerca de la Posición de las Mujeres (Commission on the Status of Women). Ellos tienen manuales que pueden ayudarle.

 

LAS AUDIENCIAS TEMPORALES (Temporary Hearings)

Varios meses pueden pasar desde que usted presenta su petición hasta que el Juez firme su Decreto de divorcio. Algunas cosas necesitan ser tratadas antes de eso. Usted puede necesitar dinero para vivir. Usted y su esposo pueden estar en una disputa sobre la custodia de los niños. Usted necesita que el Juez tome algunas decisiones acerca de estos problemas de forma inmediata.                                    

 Su abogado puede pedir que el Juez tenga una audiencia temporal. Esta audiencia es similar a  la audiencia descrita en el Quinto Paso de este Manual. La diferencia es que todo lo que el Juez decida en la audiencia temporal solamente permanece en efecto hasta la audiencia final.

 

LA VISITA  (Visitation)

 Aun cuando uno de los padres no tenga la custodia de los niños, él / ella tiene  derecho a ver a los niños y  pasar tiempo con ellos.  Esto generalmente se llama el Derecho de Visita.  Algunos Decretos de divorcio establecen específicamente  cuando y cómo el esposo(a) puede ver al niño. Algunos decretos simplemente dicen los "derechos razonables" sobre la visita.  Hable con su abogado sobre cuál será lo mejor para su caso.

 La pensión alimenticia y la Visita del  niño son dos cosas separadas.  Solamente porque su esposo no paga la pensión alimenticia, no significa que usted puede impedir que su esposo(a) visite a los niños. 

Los estudios demuestran que los niños cuyos padres están pasando por un divorcio, tienen menos problemas cuando los dos padres se mantienen envueltos en la vida de sus hijos. A veces los niños sienten que el divorcio es  culpa de ellos. Si un padre desaparece de la vida del niño, esto puede aumentar los sentimientos de culpa y soledad del niño. 

Trate de mantener a su esposo(a) en la vida de sus hijos.  Hable con él o ella sobre las decisiones que necesitan ser tomadas.  Anime a su esposo(a) a que él / ella mantenga una relación con sus hijos con la menor cantidad de cambios posible. Puede que esto no sea  fácil.  Puede que usted tenga muy malos sentimientos acerca de su esposo(a) y el divorcio.   Consiga  ayuda externa si usted no puede poner a un lado esos sentimientos.  Acuérdese que usted se divorció de su esposo(a), pero sus hijos no.

 

Preparado y proveído por:  Los Servicios Legales de Nebraska

 


 

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